El decreto Ley 2106 de 2019, firmado por Función Pública, establece ocho cambios para la ciudadanía respecto al porte de documentos físicos.
1- No más cédulas ampliadas al 150%: Las entidades públicas ya no podrán pedir copia de la cédula para cada procedimiento. Están obligadas a confirmar la identificación con la Registraduría Nacional.
2- Ya no se debe cargar la revisión tecnicomecánica: El decreto obliga a crear una base de datos electrónica de la revisión tecnicomecánica, como ocurre con el SOAT.
No se podrá imponer un comparendo por ausencia de este papel y tampoco habrá que pagar por obtener una copia en caso de pérdida.
3- No se necesitarán las copias del RUT: El principio de este punto es que el Estado no puede pedir información que ya tiene.
4- Registro de defunción automático: Uno de los trámites más difíciles cuando muere un familiar es ir del hospital a la notaría una y otra vez para que el ser querido quede “oficialmente muerto”.
5- Contratistas del Estado no imprimirán la planilla: Las entidades públicas serán las que verifiquen el pagó o no del seguro. Acción que decreta un paso menos a la hora de presentar la cuenta de cobro.
6- Funcionarios públicos: Una sola hoja de vida. Si renuncia a una entidad pública para unirse a otra, ya no se debe volver a presentar la hoja de vida y los soportes.
7- Tarjetas profesionales, paz y salvos y constancias también serán digitales. Estos documentos estarán en bases de datos de consulta pública.
8- Un solo portal web para el Estado
En seis meses entra en operación el portal gov.co, integrando en un solo sitio la relación con el Gobierno Nacional y obligando a todas las entidades a unirse a él.
El decreto establece cambios respecto al porte de documentos físicos.